El juez Diego Amarante desestimó los recursos presentados por las defensas del presidente y el tesorero de la AFA. De esta manera, se mantienen firmes las indagatorias programadas para esta semana por supuesta retención indebida de aportes.

La Justicia federal dispuso este lunes rechazar los pedidos de nulidad impulsados por las defensas del presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, y del tesorero de la entidad, Pablo Toviggino. Ambos dirigentes se encuentran bajo investigación judicial por la presunta retención indebida de aportes correspondientes a la seguridad social e impositivos.
La decisión fue tomada por el juez Diego Amarante, quien desestimó el argumento planteado por los abogados defensores. Estos últimos sostenían que no existía delito y solicitaban suspender el llamado a indagatoria basándose en que aún había un recurso pendiente de resolución ante la Cámara. En su fallo, el magistrado consideró que esa situación “no configura, por sí sola, un obstáculo jurídico para la continuación del trámite instructorio” y aseguró que no se evidencia una restricción efectiva del derecho a defensa de los imputados.
Con esta resolución, el calendario judicial de los máximos directivos del fútbol argentino sigue su curso. Según lo estipulado, Pablo Toviggino deberá presentarse a prestar declaración indagatoria este miércoles 11 de marzo, mientras que el turno de Tapia será el jueves 12.
La investigación en curso se originó a partir de una denuncia formulada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que actualmente se desempeña como querellante en la causa. El organismo recaudador detectó que la AFA habría retenido tributos —como IVA y Ganancias— y aportes a la seguridad social sin depositarlos en las arcas del Estado dentro del plazo legal de 30 días corridos tras su vencimiento.
Los períodos analizados por ARCA abarcan desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025. De acuerdo con las ampliaciones de la denuncia original, el monto total investigado por la supuesta apropiación indebida de fondos públicos ascendería a más de 19.300 millones de pesos. Desde el aspecto penal, el delito de omisión por parte de un agente de retención prevé penas que van desde los dos hasta los seis años de prisión, aplicable cuando el monto no ingresado supera los 100.000 pesos mensuales.
