22 de julio de 2026
La Justicia declaró inconstitucional la eliminación del sistema que informaba los precios de los combustibles


El juez federal Alejo Ramos Padilla dejó sin efecto la resolución del Ministerio de Economía que había eliminado la obligación de las estaciones de servicio de informar en tiempo real las modificaciones en los precios de los combustibles. La medida había sido impulsada por Luis Caputo como parte de la política de desregulación del Gobierno.

La Justicia Federal declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, que había eliminado la obligación de las estaciones de servicio de informar cada modificación de precios de los combustibles dentro de las ocho horas.

El fallo fue dictado por el juez federal Alejo Ramos Padilla, quien consideró que la eliminación del mecanismo representó un retroceso en el derecho de los consumidores a acceder a información adecuada y veraz sobre los valores vigentes en el mercado.

El sistema, creado en 2016, permitía alimentar una base de datos pública con los precios informados por las estaciones de servicio. De esta manera, los consumidores podían comparar los valores entre distintos operadores y realizar denuncias en caso de que el precio cobrado no coincidiera con el registrado.

El argumento de la Justicia

Para Ramos Padilla, el hecho de que las empresas publiquen sus precios en los surtidores, sitios web o aplicaciones propias no resulta suficiente para garantizar el acceso a información clara y comparable.

Según el magistrado, esos datos se encuentran dispersos entre distintas compañías y dificultan una comparación sencilla entre las estaciones de servicio.

El juez también rechazó el argumento de que la mayor frecuencia en las modificaciones de precios justifique eliminar el sistema de información pública. Por el contrario, sostuvo que la implementación de mecanismos de “micropricing”, con cambios más frecuentes en los valores, refuerza la necesidad de contar con una herramienta uniforme y actualizada.

La demanda había sido presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), que cuestionó la decisión del Gobierno por considerar que debilitaba la transparencia y el control sobre el mercado de combustibles.

El impacto sobre la política de precios

La decisión judicial se produce en un contexto en el que el precio de los combustibles ocupa un lugar relevante dentro de la estrategia económica del ministro Luis Caputo.

Durante 2025, el Ministerio de Economía postergó o aplicó parcialmente las actualizaciones previstas en los impuestos a los Combustibles Líquidos y al dióxido de carbono, con el objetivo de moderar el impacto de los aumentos sobre los precios al consumidor.

A ese esquema se sumó la política aplicada por YPF frente a la suba internacional del petróleo durante la escalada de tensión en Medio Oriente. La compañía anunció incrementos cercanos al 23%, aunque indicó que absorbería parte del impacto externo para evitar un traslado completo al mercado interno.

Con la posterior baja del precio internacional del crudo, el debate se trasladó a la velocidad con la que esas variaciones se reflejan en los surtidores.

El Gobierno había defendido la eliminación del sistema como parte de su política de desregulación y había argumentado que los precios continuaban disponibles a través de aplicaciones y plataformas privadas de las empresas.

Sin embargo, el juez consideró que la existencia de información dispersa no reemplaza la necesidad de contar con un mecanismo público, uniforme y accesible que permita a los consumidores conocer y comparar los precios del mercado.

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