El máximo tribunal nacional tomó la decisión con los votos de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. La medida suspende los efectos del artículo 154 del decreto 70 de 2023, que había dispuesto derogar la Ley 26.737 sobre tierras rurales. De esta manera, vuelven a aplicarse los límites que existían para que extranjeros compren campos en el país.
Los jueces consideraron que el planteo del caso toca cuestiones de protección ambiental y por eso decidieron dictar una medida cautelar para garantizar que no se produzcan daños irreparables mientras se analiza en profundidad la demanda. La Corte señaló que los tribunales anteriores no habían dado respuestas adecuadas a las solicitudes presentadas y que era necesario intervenir para defender derechos constitucionales.
El fallo subraya que el Poder Judicial tiene el deber de ser guardián de la Constitución y las leyes, y que la confianza en la justicia requiere aplicar las normas de manera razonable según cada caso particular. La decisión respondió específicamente a los planteos de los actores de la causa, denominada expediente ‘Árbol de Pie’, vinculados con la defensa del ambiente y el territorio.
La suspensión del artículo significa que, por ahora, se mantiene vigente el régimen de restricciones para compra de tierras por parte de extranjeros mientras continúan los trámites judiciales. El tribunal deberá pronunciarse aún sobre la legitimación de los actores que presentaron la demanda y analizar en detalle la solicitud de medida cautelar presentada.
