El presidente de Fate, Javier Madanes Quintanilla, advirtió que la empresa no puede garantizar las condiciones de seguridad radiológica y física en su planta de San Fernando luego de que la Justicia revocara la orden de desalojo del predio ocupado por trabajadores.
La advertencia fue enviada a la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) mediante una carta remitida el martes por la noche. En el documento, la compañía informó que en las instalaciones se encuentra un acelerador lineal de electrones de uso industrial y alertó sobre los riesgos potenciales al no contar con acceso al lugar.
Según explicó la empresa, el equipo es un “acelerador lineal de electrones de 500 KeV – 100mA”, cuya operación requiere condiciones específicas de seguridad, ambiente adecuado y personal capacitado.
En el escrito, Madanes Quintanilla sostuvo que, si bien la compañía es responsable como licenciataria de la seguridad radiológica y del uso de materiales radiactivos y radiaciones ionizantes autorizadas, actualmente no puede garantizar esos controles porque la planta se encuentra ocupada.
“Ponemos en vuestro conocimiento que no podemos garantizar las condiciones de seguridad ni la diligencia debida necesaria e impuesta por el régimen aplicable”, indicaron en la comunicación dirigida al organismo regulador.
El fallo judicial
La carta fue enviada horas después de que la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro rechazara el pedido de desalojo presentado contra trabajadores y representantes del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA).
Los operarios mantienen ocupada la planta desde el 19 de febrero en el marco del conflicto laboral generado tras el despido de hasta 920 empleados.
El tribunal, integrado por los jueces Juan Stepaniuc, Luis Cayuela y Leonardo Pitlevnik, consideró que la ocupación forma parte del ejercicio del derecho a huelga y sostuvo que el conflicto corresponde al ámbito laboral y no al penal.
En la resolución, los magistrados señalaron que la huelga está reconocida en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional como una herramienta colectiva destinada a preservar o conquistar derechos laborales.
Multa del Gobierno nacional
En paralelo al fallo judicial, el Ministerio de Capital Humano de Argentina confirmó que iniciará un sumario contra la empresa por no haber pagado los salarios correspondientes a la segunda quincena de febrero durante la conciliación obligatoria.
Según informó la cartera nacional, la sanción se aplicará por incumplimiento de la normativa laboral y podría representar una multa de entre el 50% y el 2000% del salario mínimo, vital y móvil por cada trabajador afectado, conforme al régimen establecido por la Ley 25.212.
Además, el Gobierno resolvió prorrogar la conciliación obligatoria por cinco días más, por lo que la instancia que vencía el 11 de marzo se extenderá hasta el 16 de este mes.
Situación de los trabajadores
De los 920 empleados que tenía la compañía antes de anunciar el cierre de la planta, alrededor de 380 aún no aceptaron los acuerdos de salida.
Desde la empresa indicaron que los salarios no se abonaron porque la planta permanece ocupada y los trabajadores no están prestando tareas. Según fuentes de la firma, se ofreció pagar un adelanto, aunque esa propuesta no fue aceptada por el gremio.
Mientras continúan las negociaciones, la empresa busca cerrar acuerdos individuales con los operarios que aún no definieron su situación.
