El veredicto se conoció el lunes por la noche tras la deliberación de los doce integrantes del tribunal. Sánchez fue declarado responsable del homicidio con triple agravante: por ensañamiento, por odio a la identidad de género y por violencia de género. Los jurados llegaron a la conclusión de que el crimen no fue un acto aleatorio, sino un acto de odio dirigido específicamente contra lo que la víctima era.
La calificación por ensañamiento y la relativa a violencia de género obtuvieron unanimidad entre los doce jurados. En cambio, el agravante por odio a la identidad de género logró diez votos a favor. El fiscal jefe Juan Agustín García había solicitado la condena durante sus alegatos finales, presentando numerosas pruebas y testimonios de policías, profesionales sanitarios, psiquiatras, antropólogos, vecinos y familiares de la víctima.
Según la investigación, Sánchez abordó a Semeñenko mientras ella ejercía trabajo sexual en la vía pública y la llevó a su domicilio. Una vez adentro, la atacó brutalmente con objetos contundentes y un arma blanca, provocándole al menos veinticinco heridas que causaron una hemorragia interna masiva. Luego trasladó el cuerpo envuelto en una lona hasta un canal de desagüe, donde fue hallado semanas después.
La pena será determinada en una audiencia de cesura cuya fecha aún no ha sido fijada. El delito por el cual fue condenado prevé una pena de prisión perpetua. Con este fallo, queda establecida la responsabilidad penal de Sánchez en la muerte de Azul Semeñenko.
