Miles de trabajadores, jubilados y pensionados esperan durante junio el pago de la primera cuota del aguinaldo, también conocido como Sueldo Anual Complementario (SAC), un ingreso extra que se percibe dos veces al año.
De acuerdo con lo establecido por la Ley 27.073, los empleadores deben abonar el medio aguinaldo antes del 30 de junio. Sin embargo, la normativa contempla un margen de hasta cuatro días hábiles posteriores para concretar el pago, por lo que este año la fecha límite se extiende hasta el 7 de julio.
En el caso del personal de casas particulares, el pago debe realizarse en la última jornada laboral del mes de junio.
Cómo se calcula el aguinaldo
El aguinaldo equivale al 50% de la remuneración mensual más alta percibida durante el semestre comprendido entre enero y junio.
Para realizar el cálculo se toman en cuenta todos los conceptos remunerativos, como sueldo básico, horas extras, comisiones y adicionales. En cambio, quedan excluidos los conceptos no remunerativos.
Por ejemplo, si el salario más alto percibido entre enero y junio fue de $1.200.000, el aguinaldo será de $600.000.
Cuando el trabajador no completó los seis meses del semestre, el SAC se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado.
Quiénes cobran el SAC
El aguinaldo corresponde a:
Trabajadores en relación de dependencia del sector privado.
Empleados de la administración pública.
Jubilados y pensionados que perciben haberes a través de ANSES.
Por el contrario, los monotributistas, autónomos y trabajadores informales no perciben aguinaldo, ya que no mantienen una relación laboral bajo dependencia.
Cuándo se paga la segunda cuota
La segunda cuota del aguinaldo se abona en diciembre. Según la legislación vigente, los empleadores tienen plazo hasta el 18 de diciembre para efectuar el pago, con la posibilidad de extenderlo hasta cuatro días hábiles adicionales.








