La sentencia, dictada por la jueza del Juzgado Civil y Comercial n.º 23 de La Plata, marca un precedente importante en protección al consumidor. El fallo obliga al comercio a devolver el dinero invertido en el dispositivo más los intereses desde la compra, además de pagar una multa ejemplar por la negligencia en la atención del reclamo.
El conflicto comenzó el 7 de agosto de 2024, cuando un joven de 24 años compró el iPhone de alta gama para regalárselo a su madre. El equipo funcionó durante la prueba en el local, pero al llegar a casa y realizar la configuración, se apagó y no volvió a encender a pesar de cargarlo. Cuando retornó al comercio, los vendedores se negaron a cambiar el aparato y derivaron el tema al servicio técnico.
La investigación judicial reveló que el dispositivo ya había sido activado con anterioridad y su garantía oficial había vencido un día antes de la venta. Durante el juicio, la tienda adoptó una postura defensiva: negó que hubiera ocurrido la operación comercial, desestimó la falla reportada e impugnó la validez de los correos electrónicos que acreditaban los reclamos del cliente.
Un peritaje informático ordenado por la jueza confirmó la autenticidad de toda la correspondencia digital, lo que consolidó la prueba de la relación de consumo. Con esta evidencia, el tribunal resolvió castigar la mala conducta de la empresa al negarle cualquier tipo de solución al problema de manera administrativa, ratificando así la responsabilidad de los proveedores frente a vicios ocultos.
