El Consejo del Salario no logró alcanzar un acuerdo entre sindicatos y empresarios, por lo que el Gobierno estableció una nueva escala de manera unilateral. El monto inicial será de $383.800 y tendrá aumentos mensuales hasta abril del próximo año.
El Gobierno nacional fijó una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que regirá desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027, luego de que representantes sindicales y empresarios no alcanzaran un acuerdo durante la reunión del Consejo del Salario.
La medida quedó formalizada mediante la Resolución 4/2026, publicada en el Boletín Oficial. Ante la falta de consenso entre las partes, la presidenta alterna del organismo debió emitir el correspondiente laudo para establecer los nuevos valores.
Cuánto será el Salario Mínimo mes por mes
Para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa, el SMVM quedó establecido en $383.800 desde el 1° de septiembre de 2026.
La escala continuará de la siguiente manera:
- Septiembre 2026: $383.800
- Octubre 2026: $391.200
- Noviembre 2026: $398.800
- Diciembre 2026: $406.400
- Enero 2027: $414.200
- Febrero 2027: $422.000
- Marzo 2027: $429.600
- Abril 2027: $437.000
De esta manera, el salario mínimo tendrá incrementos mensuales durante todo el período establecido por la resolución.
También se modificó el valor para trabajadores jornalizados
Para quienes cobran por jornada, el valor de referencia quedó fijado en $1.919 por hora desde septiembre de 2026.
El monto aumentará progresivamente durante los meses siguientes hasta alcanzar los $2.185 por hora en abril de 2027.
La nueva escala alcanza a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.
Qué establece para la prestación por desempleo
La resolución también ratificó el mecanismo utilizado para calcular la prestación por desempleo.
El beneficio continuará siendo equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante los seis meses anteriores a la pérdida del empleo.
A su vez, la prestación mensual no podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente, ni superar el 100% de ese mismo valor.
El SMVM funciona además como referencia para distintos programas, beneficios y cálculos vinculados con el sistema de seguridad social. También puede ser utilizado como parámetro para determinados requisitos de acceso o permanencia en programas sociales y educativos.
Sin embargo, no todas las prestaciones de ANSeS se actualizan automáticamente en función del salario mínimo, ya que algunas tienen mecanismos propios de movilidad o actualización.
