La ley provincial N.º 941-R establece un nuevo marco normativo para el tratamiento de varias faltas y sus correspondientes sanciones, abarcando 120 artículos.
Entre las contravenciones se incluyen hechos que afectan el orden público, como ruidos molestos o incumplimiento de normas municipales, que llevan multas o arrestos breves.
La principal diferencia entre las contravenciones y los delitos penales es que las primeras tienen un carácter administrativo y correctivo, mientras que los segundos conllevan penas más severas y se registran en el prontuario de la persona.
El procedimiento para resolver estas faltas inicia en la Mesa de Entrada del Juzgado de Faltas, donde se evalúan y se citan a los infractores para resolución por pago voluntario o por resolución judicial.
